La iniciativa se aprobó con 37 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones, por lo que queda lista para ser promulgada por el Presidente Sebastián Piñera.

Este miércoles, el Senado despachó el proyecto que establece un beneficio para los trabajadores independientes que entregan boletas de honorarios en medio de la pandemia del Covid-19, con el fin de proteger sus ingresos.

De esta manera, el beneficio tendrá un carácter transitorio y se pagará en un período máximo de 90 días de forma continua o discontinua en un plazo de seis meses.

¿Quiénes recibirán el beneficio para trabajadores independientes?

El proyecto, que fue presentada por el gobierno de Sebastián Piñera a fines de abril y durante su tramitación se realizaron algunas modificaciones al texto original, establece algunos cambios, como la reducción del número de meses en los que el beneficiario deberá haber emitido boletas de honorarios para acceder a este beneficio.

Ahora tendrán que haber emitido tres boletas en los últimos 12 meses o seis boletas en los últimos 24 meses.

Alrededor de 1,2 millones de trabajadores que emiten boletas de honorarios podrán acogerse al nuevo beneficio que está a punto de convertirse en Ley, y que otorga subsidios y créditos blandos a aquellos empleados que se hayan visto afectados económicamente por la crisis del coronavirus.

Los trabajadores que emitan boletas de honorarios y hayan experimentado una caída del 30% de sus ingresos en comparación a un período normal (no en emergencia), podrán optar a este beneficio.

EL SUBSIDIO

Los trabajadores que reciban boletas de honorarios y su ingreso mensual sea igual o inferior a $500 mil pesos podrán optar al subsidio que cubra parte de sus remuneraciones.

El beneficio tendrá como tope máximo de $75.000 a $100.000 y se hace compatible con el Ingreso Familiar de Emergencia 2.0, por lo que si los ingresos han caído debajo del umbral definido en el IFE ($400.000) y si aun con el aporte de la ley de independientes se mantiene bajo, podrán recibir la diferencia.

De acuerdo al proyecto, se entrega hasta un 70% de cobertura con un tope mensual de 100 mil pesos, por los próximos tres meses.

CRÉDITO CON TASA 0%

El crédito con tasa cero se otorga a aquellos trabajadores que reciban $500 mil pesos como remuneración mensual o montos superiores. Pueden optar además, aquellos empleados que si bien recibieron subsidio quieran complementar su remuneración con el crédito.

Entrega hasta $650 mil pesos por un período de tres meses. Los pagos serán emitidos por la Tesorería General de la República (TGR), y los montos no estarán afectos a impuestos.

¿Cuáles son los requisitos?

– Tener al menos 3 boletas emitidas en los últimos 12 meses, o 6 boletas en 24 meses. Con ello se calculará un promedio mensual de renta, la que permitirá calcular la caída en ingresos y cubrir parte de ella.

– Registrar una caída de al menos 30% en sus rentas por boletas emitidas el mes en que se solicita el beneficio.

Los trabajadores que cumplan los requisitos podrán solicitar un monto mensual de beneficio en dinero, que se calculará en relación a la reducción del Ingreso Mensual (IM), respecto al Ingreso Promedio Mensual (IPM).

Se trata de un aporte transitorio, por hasta tres meses como crédito blando sin intereses, que posteriormente deberán reintegrar en cuotas en los años 2022 al 2024, y cuyo aporte mensual máximo será de 650 mil pesos.

¿Cómo se calculará?

1- Si el IPM es igual o inferior al Ingreso de Referencia (IR), el trabajador independiente beneficiario podrá solicitar hasta un monto que ascenderá al 70% de la diferencia entre el IPM y el IM.

2- Si el IPM es superior al IR, el trabajador independiente beneficiario podrá solicitar hasta un monto que ascenderá al 70% del resultado de multiplicar el Factor de Diferencia del Ingreso por el promedio entre el IR y el IPM.

En ningún caso, el monto mensual del beneficio que se entregue al trabajador independiente beneficiario será mayor al Beneficio Máximo Mensual ($650.000).

Para obtener los beneficios, ingresa en www.sii.cl, el sistema le solicitará su rut y clave tributaria, en caso de no posee, con tu clave única puedes acceder.

Para más información, ingrese a www.camara.cl.-

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