El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) ha publicado la información sobre las postulaciones al Subsidio de Arriendo 2018, ¿cuáles son los requisitos y cómo postular? A continuación te lo indicamos.
Desde el 01 de febrero hasta el 23 de abril habrá llamado del Subsidio de Arriendo y también en las mismas fechas se abren las postulaciones al Subsidio de Arriendo para el adulto mayor.
Proceso de postulación: Es para todas las regiones del país, y quiénes deseen postular, pueden hacerlo de manera presencial en oficinas del Serviu de su región, o a través de internet. Para adultos mayores se realiza presencialmente en Serviu.
Requisitos para postular al Subsidio de Arriendo 2018
Cualquier persona podrá postular al subsidio de arriendo cumpliendo con los siguientes requisitos:
– Ser mayor de 18 años durante el llamado 2018.
– Tener cédula de identidad nacional vigente (no vencida). Para las personas extranjeras, deben presentar su cédula de identidad para extranjeros.
– Pertenecer al 70% más vulnerable según el RSH (Registro Social de Hogares). Se permitirá máximo una postulación por Registro Social de Hogares en cada llamado.
– Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF ($108.000.- apróx.) en una cuenta de ahorro para la vivienda, al momento de postular la cuenta debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
– Postular con al menos 1 conyúge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, no necesitan contar con núcleo familiar.
– Contar con un ingreso familiar mensual entre 7 UF y 25 UF.
– Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento.
Acreditar ingresos del núcleo familiar
– Se calcula sumando las rentas mensuales percibidas formalmente por cada integrante del grupo familiar.
Será consultado en línea según las cotizaciones previsionales realizadas. Si los períodos de las cotizaciones no son suficientes o esta verificación no está actualizada, podrá acreditar sus ingresos presentando al SERVIU uno de los siguientes documentos:
– Informe de boletas de honorarios electrónicas de los últimos 6 meses.
– Informe de Liquidaciones de sueldo, correspondiente a los 6 últimos meses, de acuerdo al formato establecido por Previred o similar.
– Detalle de cuentas en AFP de los últimos 6 meses.
– Comprobantes de pago de pensiones de invalidez, de vejez y asistenciales.
– Antecedente de pensión de alimentos.
– Formulario 29 / pago de IVA (se obtiene en SII). Si no puede obtener este documento se podrá presentar el libro de compra y venta timbrado por el SII.
➡ +INFÓRMATE: Revisa AQUÍ cuáles son los requisitos para postular a un Subsidio de Vivienda.-
Requisitos Subsidio de Arriendo para el Adulto Mayor
– Ser adulto mayor, tener más de 60 años al momento de postular, o cumplirlos durante este año calendario. Lo anterior se acreditará presentando Cédula de Identidad vigente.
– Pertenecer hasta el 70% de la población más vulnerable según el RSH (Registro Social de Hogares).
– Acreditar un ingreso mínimo equivalente a la pensión asistencial vigente ($102.897, Aprox. 3,8 UF), como base para acreditar ingresos y cálculo del copago.
– No se debe contar con ahorro mínimo.
– Junto con los factores de puntaje regulares se otorgará un puntaje adicional por edad.
Beneficios Subsidio de Arriendo Adulto Mayor
– Monto de subsidio diferenciado por vulnerabilidad de acuerdo al RSH del Adulto Mayor beneficiado.
– Cobertura del 90% al 95% de la renta mensual de arriendo.
– Copago mensual del beneficiario de entre 5% al 10% de la renta mensual de arriendo.
– Monto único de 1 UF adicional para financiar los gastos operacionales generados de la formalización del contrato (certificados y gastos notariales).
– El monto de subsidio total se calcula en base al monto máximo mensual del subsidio por 24 meses más el monto adicional para financiar gastos operacionales.
– Este llamado especial exime de la prohibición de encontrarse postulando al Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
– El programa permite a los adultos mayores que postulan sin núcleo familiar volver a postular al programa, dando continuidad al beneficio (art. 22 DS N° 52).
Mayor info en el link: Facebook Minvu.-
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